El reciente Decreto 765/2024, en vigor desde el 27 de agosto, introduce modificaciones clave en derechos de autor y licencias de conducir. Estas medidas buscan aliviar costos y facilitar trámites para los mendocinos, con impacto positivo en diversos ámbitos.
Cambios en derechos de autor
El decreto exime del pago de derechos de autor a quienes organicen eventos privados o públicos sin fines de lucro. Esto incluye celebraciones como cumpleaños, casamientos y fiestas de egresados, donde ya no será necesario abonar a entidades como SADAIC, AADI, o CAPIF por la reproducción de música o videos. La normativa aclara que esta exoneración aplica a ámbitos donde no haya espíritu de lucro y acceso restringido.
Las autoridades destacaron que cualquier intento de cobro indebido debe ser denunciado en la Ventanilla Única Federal a través de la página web oficial, enfatizando que los inspectores de estas asociaciones no tienen competencia para interrumpir eventos o exigir pagos en el lugar.
Cambios en la licencia de conducir
Mediante la Ley 9587, los plazos de renovación de licencias se ampliaron para distintos grupos etarios:
- Hasta 65 años: Vigencia de 10 años.
- De 66 a 75 años: Vigencia de 5 años.
- A partir de 76 años: Vigencia de 3 años.
No obstante, esta extensión no aplicará a conductores condenados por delitos graves al volante o reincidentes en conducción bajo efectos del alcohol, para quienes el plazo será de 5 años.
Estas reformas buscan beneficiar tanto a los consumidores como a los organizadores de eventos, además de optimizar la experiencia de los conductores mendocinos en el marco de un sistema más moderno y eficiente.



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